Incapacidad permanente

La vida con incapacidad permanente
Permiso retribuido de 5 días para cuidado de familiares o convivientes

¿Qué es la Incapacidad permanente?

Es una prestación económica otorgada por la Seguridad Social que, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales de una persona cuando sufre una enfermedad, accidente o y ve reducida o anulada su capacidad laboral presumiblemente de forma definitiva.

Existen cuatro tipos de incapacidad permanente, la parcial, -que ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión-, la total –que inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta, la absoluta para todo trabajo, -que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio-, y la gran invalidez, que se otorga cuando el trabajador necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.

¿Qué tipo de enfermedades pueden provocar la incapacidad?

Las incapacidades permanentes pueden estar derivadas de enfermedades o accidentes graves como el cáncer, ictus, distintas cardiopatías, alzhéimer, artritis, depresión, Epoc, Esclerósis Múltiple o demencia, entre otras.

En ocasiones, proviene de enfermedades que provocan incompatibilidad con algunas profesiones, pero no existe una lista oficial de enfermedades del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Los requisitos varían en función de los grados de incapacidad permanente, para recibir esta prestación es necesario no haber cumplido la edad prevista para la jubilación o no reunir los requisitos para acceder a ella, estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada.

En el caso de que la incapacidad derive de una enfermedad común, serán necesarios unos periodos mínimos de cotización en función de la edad, pero si la incapacidad deriva de un accidente laboral o una enfermedad profesional, no es necesario periodo previo de cotización.

¿Cuánto tiempo dura la incapacidad permanente?

Una pensión de incapacidad permanente puede durar hasta la jubilación, momento en el que pasa de incapacidad permanente a jubilación, pero puede ser revisada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien puede rebajar o aumentar el grado de la incapacidad o incluso retirarla.

¿Cuánto se cobra por la incapacidad permanente?

La cuantía de esta retribución está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad.

Para una incapacidad permanente parcial consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal). Para una total, supone el 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual. La absoluta es del 100% de la base reguladora y la cuantía de la gran invalidez se obtiene de aplicar a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.

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