Aspectismo: la discriminación corporal en el trabajo

– La vida con incapacidad permanente
– Una vida laboral corta

Por tener sobrepeso, por llevar tatuajes o piercings, por tener el pelo rojo, o morado… Muchas empresas discriminan a las personas trabajadoras por su aspecto físico. Es lo que se conoce como ‘aspectismo’. Luchar contra este tipo de discriminaciones es fundamental, porque pueden traer otros riesgos sobre los trabajadores y las trabajadoras, como ansiedad o trastornos alimenticios. ¿Es posible luchar contra esta discriminación?.

‘Lo único que verdaderamente quise toda la vida es ser delgada’…es una obra de teatro que se ha estrenado recientemente en Madrid por Esther F. Carrodeguas, en la que aborda la relación con su cuerpo en el contexto de una sociedad en la que predomina la ‘cultura de la hermosura’.

Sin embargo, esta frase podría ser la reflexión de cualquier persona que sufre la discriminación en cualquier ámbito, especialmente el laboral, por su aspecto físico. Personas como Alba Nevado, que fue contratada por una empresa de eventos para trabajar de azafata en la feria de FITUR, en Madrid, donde le dieron formación y el uniforme para trabajar.

Cuando se fue a probar la ropa, comprobó que no le quedaba bien, pero la solución de la empresa fue darle una falda de la talla más grande que había (la 42) o un pantalón de hombre de la talla 44, cuando ella usa la 46. Como seguía sin quedarle bien explica que no le ofrecieron una solución. “Me metieron en una salita y me dijeron que me mandaban a casa porque, sintiéndolo mucho, no podía trabajar sin uniforme”, asegura.

Discriminada en el trabajo ‘por no dar la talla’

Muchas personas denuncian sufrir discriminación por su aspecto físico, y afirman que, a pesar de cumplir con los requisitos para optar a un puesto de trabajo, son descartadas por ‘no dar la talla’. Es el caso de Elena Andia, que ha sufrido frases como “estás demasiado gorda para este trabajo” a la hora de realizar una entrevista laboral.

Andia es licenciada en Geología, con máster en Geología y Explotación de Reservatorios y Sedimentos, una especialización en tallas de gemas y un posgrado especialista en diamantes. En una entrevista para un puesto en una joyería en la que buscaban una joyera con experiencia como administrativa y en atención al público, el joyero le comentó que tenía el mejor currículo de todas las chicas a las que he entrevistado, pero estaba “demasiado gorda para este trabajo” y le recomendó hacer una dieta, algo totalmente deleznable.

Tatuajes y piercings, otra excusa para discriminar

Pero muchas personas no sufren discriminación únicamente por tener su peso, sino que llevar tatuajes y piercings también constituye una rémora a la hora de encontrar un empleo.

Es el caso de Beatriz, que tenía un trabajo como asistente en una escuela pero que, por llevar muchos tatuajes y piercings, la obligaron a dejar su trabajo. “Me dijeron que estaban bien en invierno, cuando los cubría con ropa”, pero cuando en verano se veían, le hicieron llegar una guía con las normas de vestimenta, que señalaba que los tatuajes visibles y los piercings faciales “no eran un buen ejemplo y debían ser cubiertos”.

Afirma ser buena en su trabajo, y que a los niños les gustaban sus tatuajes, pero tras una semana de campaña contra ella, fue a ver al director de la escuela y renunció a su puesto, obligada por las circunstancias.

El 40% de las personas jóvenes lleva tatuajes y tiene riesgo de no encontrar un empleo

Se calcula que, en España, entre el 20% y el 30% de las personas tienen tatuajes en su cuerpo, un porcentaje que sube hasta el 40% en el caso de los jóvenes. A pesar de que ahora se sufre menos discriminación que hace unos años por esta cuestión, aún hay personas que con formación, habilidades y experiencia ven denegado su acceso al empleo en favor de otras con las mismas características, pero sin tatuajes.

Los sectores más afectados son el de la consultoría y el de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, en unos casos pidiendo a sus trabajadores que se cubran con la vestimenta y, en el caso de los segundos, prohibiéndoles directamente el uso de piercings o tatuajes cuando llevan el uniforme.

En cualquier caso, depende mucho de la empresa en cuestión. Muchas de ellas ya han implementado códigos de vestimenta en su reglamento para cubrirse las espaldas, ante lo que el empleado puede alegar que se está atentando contra el derecho a su intimidad e imagen, y teniendo que ir a los tribunales para solventar la cuestión.

Afortunadamente, y cada vez en mayor medida, también hay empresas que permiten los tatuajes y los piercings, como es el caso de la hostelería, el turismo o las artes escénicas, confirmando que la apariencia no determina la productividad de las personas. Además, ya hay campañas publicitarias y otras iniciativas que incentivan a las empresas a no discriminar a las personas tatuadas o con piercings, impulsando un trato igualitario entre todos sus trabajadores y trabajadoras. Aún queda camino por recorrer.

El color de pelo también es un problema para las empresas

Ya no es solo el cuerpo que tengas o las marcas que lleves en la piel. El tipo de peinado o el color de pelo que lleves también discrimina en las empresas.

Con el pelo de color, tampoco

Es el caso de Mar, que dejó un empleo de carácter indefinido para ir a otro que le atraía más, en un centro de día con jóvenes dependientes. Le hicieron la entrevista, consiguió el trabajo y ahora la han despedido por su color de pelo (morado), cuando en la entrevista ya lo llevaba así. Alegando que en el contrato había unas normas y tenía que acudir con un tono de pelo más discreto, su jefe le dijo que “con ese pelo no podía trabajar allí”.

Mar asegura que es una buena profesional, y que el tiempo que estuvo en este trabajo, conectó muy bien con los jóvenes a los que atendía, pero ha sufrido el despido por su color de pelo y ahora ella ha denunciado a la Seguridad Social por sufrir discriminación en su trabajo.

La ley no es todo lo estricta que debería ser

Es el día a día con el que se encuentran muchas personas en España. Pero, ¿es legal que las empresas puedan despedir por el aspecto físico?

El artículo 14 de la Constitución española señala que ninguna persona puede sufrir discriminación por motivos religiosos, políticos, de opinión, de sexo o por circunstancias personales. Además, el artículo 18 refleja que todas las personas tenemos el derecho a nuestra propia imagen sin que esto tenga consecuencias negativas en nuestra vida personal o laboral.

Sin embargo, suele prevalecer el derecho de las empresas a contar con su propia imagen, que incluyen códigos de vestimenta o apariencia determinados que te tienen que informar y poder así terminar la relación laboral por cuestiones de imagen, cuando no debería ser así. En los últimos años, y con las sucesivas crisis que han afectado a España, resulta muy difícil conseguir un empleo que se adecue a tu formación en condiciones dignas, con buen salario, buena jornada de trabajo, buen convenio… Sobre todo para algunos colectivos, como son los jóvenes. El miedo a no encontrar un empleo y, cuando lo encuentras, el miedo a recibir discriminación directa por la apariencia física, está provocando que muchas personas oculten sus tatuajes o sus piercings a sus jefes para no ser despedidos, acogiéndose a su derecho a no compartir información personal como es también la situación personal, el estado civil o el historial clínico.

La negociación colectiva y la salud laboral, claves

Ante esta situación, en el plano laboral, es urgente actuar en dos direcciones. La primera, desde la negociación colectiva, con cláusulas específicas en los convenios contra este tipo de discriminaciones. La apariencia física no se puede utilizar como medida de selección laboral y, por ello, es fundamental determinar de manera clara y nítida los requisitos necesarios para cada categoría laboral, y evitar así que los requisitos físicos se utilicen como piedra de toque a la hora de no contratar o despedir a las personas. Además, los planes de igualdad deben incluir también medidas que luchen contra esta lacra.

La segunda dirección tiene que ser la salud laboral, ya que de estas discriminaciones aparecen riesgos laborales que habría que prevenir y dar soporte a nivel físico y psicológico, como la ansiedad, el estrés, problemas alimenticios, etc.

Es imprescindible también formar a los delegados y delegadas en las empresas contra estas discriminaciones, para que las puedan identificar y detectar también las consecuencias que se pueden derivar de ellas; y denunciar todas estas prácticas a la Inspección de Trabajo, para que actúe con severidad contra estas empresas.

La discriminación por apariencia física no debe ser silenciada y constituir un acicate para las personas que la sufren a diario. La capacitación, la formación, las aptitudes y la actitud son los únicos requisitos que deben ser exigibles a la hora de encontrar un empleo, no sus tatuajes, sus piercings, la talla o el color de su pelo.

Dibujo de un hombre en silla de ruedas Previous post Lumpen – 6 de diciembre de 2023
Dibujo de hombre frotándose las manos Next post Lumpen – 20 de diciembre de 2023
Close