Subsidio por desempleo para mayores de 52 años

Repasamos los requisitos que debes cumplir y la información que tienes que conocer para solicitar esta a ayuda a la que puedes acceder si has agotado la prestación por desempleo y cumples con la edad requerida

Las personas que pueden acceder a este subsidio

Desde el pasado día 12 de marzo del año 2019 pueden acceder a este subsidio las personas que tengan cumplidos 52 años y se encuentren en situación de desempleo. Podrán acceder las personas que hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si desde entonces se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo. No se tendrán en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad.

Las rentas que se tienen en cuenta

Para poder acceder a este subsidio únicamente se tendrán en cuenta las rentas de la propia persona solicitante o beneficiaria y no las de su unidad familiar. Asimismo, se debe carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

El tiempo durante el cual se puede percibir

Siempre y cuando se continúen cumpliendo los requisitos, este subsidio se podrá percibir hasta la fecha en la que se cumpla la edad de jubilación ordinaria y no solo hasta la fecha del cumplimiento de la edad para jubilarse anticipadamente.

La cotización para la jubilación

Se cotizará para la jubilación mientras se reciba este subsidio y la base de cotización será el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Su cuantía

Su cuantía será igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 480 euros, aunque se esté desempleado o desempleada por haber perdido un contrato a tiempo parcial.

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