Algoritmos e inteligencia artificial

¿Puede mi empresa aplicar algoritmos en mi centro de trabajo?

Sí, las empresas pueden utilizar algoritmos en procesos de selección de personal, establecer turnos y horarios de trabajo, evaluaciones de rendimiento, etc.

¿Puede exigir a la empresa que me informe de qué algoritmo utiliza y cómo me puede afectar?

Sí, tras la aprobación de la Ley Rider en 2021, los representantes de las personas trabajadoras tienen el derecho a ser informados del uso algorítmico y de AI que afecten a los trabajadores y a sus condiciones laborales.

¿Qué empresas tienen que dar a conocer su uso?

El derecho a conocer el uso del algoritmo y la Al en una empresa se extiende a todas las empresas, de cualquier tamaño y de cualquier sector.

¿Deben los convenios colectivos introducir cláusulas que regulen el uso de la inteligencia artificial?

Sí, la firma en mayo de este año del V Acuerdo Estatal para el Empleo y la Negociación Colectiva (V AENC) obliga a las empresas y a los sindicatos a incluir en los convenios colectivos medidas que regulen el uso de la Al facilitando información clara y comprensible sobre estos procesos con el fin de garantizar efectos no discriminatorios ni de sesgo.

¿Está obligada la empresa a formarme en los nuevos procesos de digitalización?

Sí, la firma del Acuerdo Marco Europeo de Digitalización en 2020 compromete a las empresas a formar a sus trabajadores en los procesos de transformación digital. Esta formación será preferentemente durante el horario de trabajo y, si no fuera posible, se debe acordar una compensación adecuada.

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