Derechos tras ser padre y madre

Las madres y padres con hijos e hijas cuentan con una serie de derechos reconocidos que están previstos para ayudar a la mejor conciliación de la vida familiar y laboral. Repasamos cuáles son los mecanismos más destacados a los que se pueden acoger los y las progenitoras para lograr esta difícil tarea.

Duración del permiso por nacimiento de hijos

Desde el pasado 1 de enero de 2021, los permisos de maternidad y de paternidad tienen la misma duración. Recibe oficialmente el nombre de permiso por nacimiento y cuidado del menor y se extiende hasta las 16 semanas para cada uno de los y las progenitoras. Las seis primeras semanas son obligatorias e ininterrumpidas, inmediatamente posteriores al parto y en jornada completa para ambos progenitores. Las otras 10 se podrán disfrutar por ambas personas progenitoras de forma continuada o ininterrumpida por semanas, a jornada completa o parcial por semanas, hasta que el o la menor tiene 12 meses. Es un permiso individual e intransferible. La madre biológica puede adelantar este permiso hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible de parto.

Periodo de lactancia

Las personas trabajadoras tienen derecho ausentarse una hora del trabajo por cuidado del lactante hasta que este cumpla los nueve meses de vida. Esta hora se puede fraccionar en media hora al día o acumular en jornadas completas. El artículo 34.7 del Estatuto de los Trabajadores ha cambiado y ya no es necesario que el convenio o acuerdo de empresa regule esta posibilidad para que la persona trabajadora pueda optar por esta modalidad de disfrute. Para realizar el cálculo de la acumulación de las horas de lactancia se debe tener en cuenta la jornada de cada persona trabajadora.

Reducción de jornada

La jornada laboral diaria se puede reducir, para el cuidado de los hijos e hijas, entre un octavo de la jornada y la mitad de la misma, hasta que los/as menores cumplan 12 años. Así, si se trabaja ocho horas al día, podrá solicitarse una jornada reducida de entre siete y cuatro horas.

Excedencia por cuidado de hijos e hijas

La excedencia por cuidado del o la menor se puede alargar hasta que tenga tres años. La persona trabajadora tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo durante el primer año de excedencia. Transcurrido el primer año, reserva de un puesto de trabajo de la misma categoría o grupo profesional.

Permiso de ocho semanas para el cuidado de hijos e hijas. Permiso parental

Este permiso está contemplado en el Real Decreto-ley 5/2023. Se trata de un permiso del que se puede disfrutar hasta que el menor tenga ocho años. Es un permiso individual e intransferible para ambos/as progenitores/as. Estipula que a cada persona trabajadora con hijos o hijas le corresponden ocho semanas de permiso laboral, que pueden cogerse de forma continua o discontinua, pero por semanas completas, y previa petición a la empresa (con antelación de 10 días). Por el momento, este permiso no está remunerado.

Despidos

El despido de trabajadoras embarazadas y el despido de las personas trabajadoras durante la suspensión del contrato de trabajo por nacimiento se considerará nulo si no hay una causa objetiva demostrable por la empresa. Del mismo modo, se considerará nulo el despido de las personas trabajadoras que hayan iniciado un permiso de lactancia; hospitalización de neonato; reducción de jornada por cuidado de un o una menor de 12 años o una persona con discapacidad; y de las personas trabajadoras que hayan solicitado la excedencia para menores de tres años o para el cuidado de un familiar.

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