El contrato de trabajo: ¿qué elementos debes saber y tener en cuenta?

Un contrato de trabajo es un documento firmado por una empresa y una persona trabajadora en la que se especifican las condiciones concretas para la realización de una tarea remunerada.  

¿Qué es un contrato de trabajo?

Es un acuerdo entre empresario/a y la persona trabajadora por el que éste o ésta se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario/a y bajo su dirección, a cambio de una retribución.

¿Para qué sirve el contrato de trabajo?

El contrato de trabajo sirve para establecer las condiciones de la prestación laboral y los derechos y obligaciones que contraen tanto la persona trabajadora como la empresa. El contrato sirve como evidencia de los términos acordados. 

¿Qué aspectos debe contener el contrato de trabajo?

La empresa deberá informar por escrito a la persona trabajadora sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral. Con carácter general, dicha información deberá incluir: la identidad de las partes del contrato de trabajo, la fecha de comienzo de la relación laboral y, en caso de que se trate de una relación laboral temporal, la duración previsible de la misma, el domicilio social de la empresa o, en su caso, el domicilio del empresario y el centro de trabajo donde el trabajador preste sus servicios habitualmente, la categoría o el grupo profesional del puesto de trabajo que desempeñe el trabajador o la caracterización o la descripción resumida del mismo, la cuantía del salario base inicial y de los complementos salariales, así como la periodicidad de su pago, la duración y la distribución de la jornada ordinaria de trabajo, la duración de las vacaciones, los plazos de preaviso en el supuesto de extinción del contrato y el convenio colectivo aplicable.

¿Qué tipo de contratos hay en España? 

En España hay cuatro tipos de contratos. El contrato indefinido, el contrato temporal, el contrato de formación en alternancia y el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.

¿Cuál es el contrato más utilizado?

El contrato laboral más utilizado en España es el contrato indefinido. Es el más deseado por las personas trabajadoras ya que ofrece estabilidad y mayores derechos.

¿Qué características tienen?

En primer lugar, el contrato indefinido, que no tiene límite de tiempo para la prestación de servicios. Puede ser a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

En segundo lugar, el contrato temporal, que incluye el contrato por circunstancias de la producción y el contrato por sustitución de persona trabajadora. 

En tercer lugar, los contratos formativos que incluyen el contrato de formación en alternancia y el contrato para la adquisición de la práctica profesional. 

¿Puedo encadenar varios contratos temporales seguidos en la misma empresa?

Cuidado, no se pueden encadenar contratos temporales sin límite en la misma empresa. La ley establece restricciones temporales que se deben cumplir. No se pueden encadenar más de dos contratos temporales por circunstancias de la producción que sumen más de 18 meses en un período de 24 meses.

Si se superan los límites, la persona trabajadora adquirirá la condición de fija. Además, la concatenación de contratos temporales puede ser fraude de ley. 

¿Puedo tener varios contratos laborales de trabajo a la vez? 

Sí, en España, tener dos contratos laborales a la vez (dos trabajos) es legal, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. Esta situación se conoce como pluriempleo cuando la persona trabajadora se encuentra dada de alta en un mismo régimen de la Seguridad Social. Puede ser una opción para aumentar los ingresos o diversificar la experiencia laboral. Sin embargo, también puede plantear desafíos y cuestiones legales.

En los supuestos de contratos simultáneos, la persona trabajadora está obligada a comunicar la situación de pluriempleo a las empresas en las que presta sus servicios. Asimismo, tanto los trabajadores como las empresas deben informar a la Tesorería de la Seguridad Social.

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