Los accidentes laborales por calor e insolación aumentaron un 24% en 2023
En el año 2023 se produjeron 199 accidentes laborales con baja por calor e insolación. Son un 27% más que en el año anterior. Del mismo modo, los accidentes causados por temperaturas extremas, luz y radiación aumentaron un 18%. Fueron 105. La suma de estos dos indicadores deja un total de 304 casos relacionados con las altas temperaturas. Los datos reflejan que este tipo de incidencias crecieron en 2023 hasta un 24%, según datos de un estudio sobre accidentalidad laboral difundido por UGT.
En concreto, el informe muestra cómo los empleados con contrato indefinido trabajan con mayor seguridad que aquellos con temporales o fijos discontinuos. De hecho, los empleados con peores condiciones laborales sufren en torno a un 30% más de accidentes de este tipo que los indefinidos.
Te puede interesar
Ciudades sostenibles para asegurar el futuro
El sindicato hace hincapié en que el verano de 2023 “fue uno de los más cálidos desde que hay registros, lo que provocó que 3.009 personas murieran en España por el exceso de temperatura, contabilizándose el 66% de los fallecimientos en el mes de agosto”, según el Plan Nacional de actuaciones preventivas de los efectos del exceso de temperaturas sobre la salud. Sin embargo, UGT denuncia que “los datos del Ministerio de Trabajo no recogen la verdadera dimensión del problema, ya que solo notifican cuatro fallecimientos por estas causas”. En este sentido, el sindicato señala la “infradeclaración de este tipo de accidente de trabajo y la necesidad de modificar su comunicación para que se ajuste mejor a la nueva realidad climática”.
Para corregir esta tendencia, el sindicato reclama que las empresas cumplan la legislación sobre prevención de riesgos laborales y propone “la negociación de protocolos para prevenir los efectos del calor sobre la salud, entre las empresas y la representación legal de los trabajadores”. Igualmente, insta “al cumplimiento de la jornada intensiva de verano, si así lo tienen recogido en sus calendarios laborales o convenios colectivos”.